La Justicia falló a favor de ATE por YCRT
“Tambalea la monarquía libertaria y los estatales la vamos a seguir confrontando en todos los planos: calle, Justicia y Parlamento. Los derechos laborales de los mineros están a salvo", indicó Rodolfo Aguiar.
La Justicia Nacional del Trabajo declaró la inconstitucionalidad de los artículos 8 y 9 del decreto 115/25 que había declarado la caducidad del Convenio Colectivo de Trabajo que rige en Yacimiento Carbonífero Río Turbio (YCRT), suscripto por ATE en representación de los mineros (CCT 3/75 E).
El juez laboral Diego Fernández Madrid del Juzgado Nacional de primera instancia del Trabajo N°73 hizo lugar a la demanda presentada por el sindicato estatal en favor de la ultraactividad del convenio colectivo.
“Mediante un DNU, Milei intentó derogar el convenio que resguarda derechos fundamentales de los mineros de Río Turbio, pero una vez más ATE se lo impidió. Tambalea la monarquía libertaria y los estatales la vamos a seguir confrontando en todos los planos: calle, Justicia y Parlamento. Los derechos laborales de los mineros están a salvo”, indicó Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE Nacional.