16.08.2012

El Superior Tribunal de Justicia habilita demanda de ATE por Inconstitucionalidad

<p>  </p> <p style="text-align: justify; "> <span style="font-family:verdana,geneva,sans-serif;">RIO NEGRO//(15/08/12) Rechazando un planteo de la Fiscalía de Estado; el Superior Tribunal de Justicia, por decisión unánime, resolvió reconocer la legitimidad de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) en la demanda iniciada tiempo atrás por la inconstitucionalidad de la Ley 4735 de Emergencia institucional, económica, financiera, administrativa y social del sector público provincial (reconocida como Ley de Disponibilidad).</span></p> <p style="text-align: justify; ">  </p>

 A pesar de que, la Fiscalía de Estado  –en lo sustancial- entendió "que los derechos presuntamente vulnerados por la normativa cuestionada son individuales y que tal naturaleza individual requiere del consentimiento de los trabajadores para accionar"; la Procuradora General de la Provincia, en primera instancia, y El STJ, integrado por los jueces Enrique Mansilla, Sergio Barotto y Víctor Hugo Sodero Nievas después, sostuvo que ATE es una asociación con personería jurídica y gremial y que ejerce la representación libre del colectivo de los trabajadores ante el Estado y los empleadores, contando con la posibilidad de cuestionar las condiciones de trabajo. Así las cosas la demanda por inconstitucionalidad supera esta instancia y continúa en marcha.

"Este pronunciamiento del Superior Tribunal de Justicia de la provincia, si bien no resuelve el planteo de fondo, es un golpe más a una ley de disponibilidad que nunca debió haberse votado en la Legislatura", adelantó Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE Río Negro y completó: "Este fallo también reafirma nuestro ámbito de representación gremial y fortalece la voluntad de todos los que decidimos afiliarnos a ATE para defender y recuperar derechos. La ley de disponibilidad debe ser derogada, no sólo por su inconstitucionalidad, sino porque hoy no existe consenso social para su aplicación".

 

Cámara Laboral ordena reincorporar a delegado despedido por el municipio de Cervantes

La Cámara Laboral, con asiento en General Roca, hizo lugar a una medida cautelar solicitada por el compañero Pedro Osés y ATE, y consecuentemente ordenó al Poder Ejecutivo Municipal en la persona del Intendente Gilberto Montanaro a reincorporarlo y a restituir todos los salarios caídos.

Cuando los trabajadores municipales de Cervantes comenzaron a organizarse en ATE para terminar con la precarización laboral, lograr salarios acordes a la Canasta Familiar y condiciones de trabajo dignas; rápidamente llegaron las presiones y la persecusión de parte del Poder Ejecutivo Municipal de dicha comuna, lo que se tradujo en claras acciones de práctica antisindical.

Si bien por estos días, tras la lucha de los trabajadores del sector, se ha arribado a acuerdos que permiten pensar y avanzar en la elaboración de un Convenio Colectivo de Trabajo; por aquel tiempo la presión antisindical desarrollada por la comuna se concretó en el despido del delegado sindical Pedro Oses, quien hace años se desempeñaba como maquinista de la Municipalidad. Desde entonces y, pese a las distintas intancias de diálogo alcanzadas, la comuna cervantina sistemáticamente se negó a reincorporar al compañero cesanteado.

“Ahora la  decisión adoptada por la Cámara Laboral de la Segunda Circunscripción es muy importante, si tenemos en cuenta que rescata en toda su plenitud los derechos laborales y sindicales que tienen todos los trabajadores, a pesar que muchas veces desde los empleadores se intentan violentarlos", señaló el titular del CDP, Rodolfo Aguiar, quién también agregó que "este pronunciamiento judicial es inédito en la provincia, porque brinda la protección prevista por las leyes y tratados internacionales contra la discriminación, de la que son muchas veces objeto quienes llevan adelante el activismo sindical".
El fallo, si bien no resuelve la discusión de fondo, pone en duda las verdaderas motivaciones del despido y deja entrever que el mismo puede haber sido en virtud de la actividad gremial que, aun antes de ser electo delegado, llevaba adelante el trabajador.

En tanto que al futuro que abre este fallo Aguiar dijo que “los tribunales comiencen a tener en consideración la ley 23.592 no sólo implica un importante avance en materia jurisprudencial en la provincia, sino que también transmite tranquilidad a quienes optamos por ejercer libremente la actividad gremial”.

 

Prensa ATE Río Negro/ 16-08-2012

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