La Justicia absolvió a Alejandro Garzón y Olga Reinoso por corte de ruta en 2017
Luego de haber sido condenados y tras la apelación, finalmente quedaron absueltos, sentando un precedente: cortar la ruta no es delito.
Apelado el
fallo condenatorio impuesto en primera instancia en el Expte. N° FCR 5670/2017 contra
Alejandro Garzón y Olga Reinoso S/ENTORPECIMIENTO DE SERVICIOS PÚBLICOS (ART.194),
en un nuevo fallo, la justicia, resuelve: hacer lugar al recurso de casación
interpuesto por la defensa de los acusados y anular la resolución recurrida y
absolver a los imputados.
Según el
fallo con fecha de 19 de agosto del 2020 , el caso se refiere «a una protesta de contenido
social que no puso en peligro el bien jurídico cuya ofensa reclama el art. 194
CP que es por el único hecho por el único hecho por el que fueron acusados y
que, además, puede inscribirse dentro
de los estándares
internacionales de jerarquía constitucional del
ejercicio del derecho
a la libertad
de expresión; las violencias ejercidas se subsumen en
otros tipos penales sobre los que no ha tratado el caso; y los hechos no
versaron en un caso de un piquete como medio para cometer otros delitos, por
ejemplo, extorsiones a autoridades o a particulares, etc., que serían
perfectamente punibles”.
La medida
echa pro la borda las definiciones del juez Otranto, (el mismo que había sido
desafectado del caso Maldonado) respecto a una absurda condena para los
protagonistas de una lucha social del pueblo de Santa Cruz ante las continuas
provocaciones y falta de respuestas para lxs trabajadorxs estatales.
En el 2017
La provincia atravesaba una situación social convulsionada, con retrasos en el
pago de salarios, cuyo monto final de bolsillo que percibían los trabajadores
rondaba los $10.000 o $12.000 y sin percibir un aumento salarial por dos años
consecutivos. Los trabajadores, debían afrontar y optar entre pagar el alquiler
de la vivienda, o comer. Obviamente, las estrategias utilizadas y llevadas
adelante por las organizaciones, son decisiones que asumen las conducciones a
referéndum de los trabajadores que representan. En este caso, hubo
movilizaciones, llevando adelante medidas de fuerzas consistentes en paros
generales, quite de colaboración y permanencia en los sectores de trabajo.
La situación
había derivado en una situación que culminó con el corte de ruta y la posterior
represión por parte de la Gendarmería nacional, en un contexto nacional que
optaba por el ninguneo constante a la provincia de Santa Cruz, el vaciamiento
del estado y la depreciación constante de lxs trabajadores del estado.
Con la
medida adoptada, se intentó encauzar el conflicto para buscar un canal de
diálogo factible y que aporte soluciones entre las autoridades nacionales y
provinciales. En este marco la
Secretaria General Olga Reinoso sostuvo que “el hambre, es un delito, y no la
provocamos nosotros. El hambre y las distintas necesidades de los trabajadores,
eran el reclamo constante y permanente por parte de los trabajadores y
trabajadoras en las asambleas sectoriales y generales llevadas adelante por
nuestra organización. La medida, fue apoyada solidariamente por el conjunto del
pueblo de la provincia, y ello es en cierta medida, porque somos los
trabajadores y trabajadoras estatales los que movemos la economía regional.”
Por su parte
el Secretario Gremial de ATE Nacional Alejandro Garzón indicó que «buscaron
criminalizar la protesta social, durante la etapa macrista se dio una
profundización del castigo a los sectores populares, un clima represivo que se
diseminó a lo largo y ancho del país; en aquel momento nuestro único pedido era
el diálogo y que no sean los estatales quienes pagaran la crisis que estaban
generando para después terminar como terminó, con un país en ruinas, para
nosotros es una buena noticia pero es evidente que la justicia y la corporación
de familias juristas enquistadas en la
trama judicial, tiene que tener un corte, la justicia tiene que parecerse un
poco más a la cosa juzgada, al pueblo, por ello hay que empezar a reformarla».