16.05.2023

La Justicia reinstala a una candidata a delegada despedida por Seguridad del Transporte del Aeropuerto Córdoba

La Junta de Transporte actuó de manera arbitraria cometiendo un despido de carácter antisindical ya que se hizo cuando la compañera resolvió candidatearse mientras tenía su contrato vigente y sin recibir ninguna impugnación.

El viernes pasado se conoció una fallo judicial que ordena la reinstalación de la compañera Marta Plonka, trabajadora de la Junta de Seguridad en el Transporte que fue despedida en enero pasado tras oficializarse su candidatura como delegada de ATE Córdoba en el sector.

Se trata de una medida cautelar emitida por el Juzgado Nacional de 1ra Instancia del Trabajo N° 54, a cargo de la jueza Viridiana Díaz Aloy, que hizo valer la tutela sindical que protege a Plonka en su calidad de candidata a delegada, y que por lo tanto no puede ser despedida.

“El fundamento es que como su candidatura fue oficializada el despido se operó dentro del plazo de vigencia de la tutela sindical, que en el caso de los candidatos es de seis meses. Para despedirla, la Junta debió hacer previamente un juicio de exclusión de la tutela sindical para después recién hacer efectivo el despido. Pero no lo hizo y por lo tanto dicho despido es nulo. La sentencia señala que la patronal vulneró las garantías constitucionales que protegen a quienes eligen ser representantes sindicales”, explicó María Marta Terragno, asesora letrada de ATE Córdoba.

En el caso de Plonka, la Junta de Seguridad en el Transporte actuó de manera arbitraria cometiendo un despido de carácter antisindical ya que se hizo efectivo cuando la compañera resolvió candidatearse como delegada mientras tenía su contrato vigente y sin recibir ninguna impugnación.

Cuando se presentó a cumplir con sus tareas en enero pasado le informaron verbalmente que no le renovarían su contrato en el organismo, donde trabaja desde hace siete años. Además le quitaron su clave de acceso al sistema y el impidieron el ingreso al lugar físico donde trabaja. Todo en abierta contradicción con la normativa vigente.

Para el CDP “la sentencia pone las cosas en su lugar y la compañera recupera su puesto de trabajo, en tanto los funcionarios del área deberán rever las prácticas antisindicales que realiza y reconocer que los y las trabajadoras pueden contar con la representación sindical que elijan sin intervención de Estado empleador”.

Prensa ATE Córdoba

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