ATE presentó documento al Congreso por el IOSFA
<p> </p> <p><span style="font-family: verdana, geneva; font-size: 12pt;">CAPITAL FEDERAL// El texto plantea una serie de cuestionamientos e inquietudes respecto del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA), organismo creado por medio de un Decreto de Necesidad y Urgencia, que busca integrar las obras sociales de las Fuerzas Armadas. Entre los temas más relevantes se encuentran: la estabilidad laboral de los compañeros que se desempeñan en el Instituto de Obra Social del Ejército (IOSE), la Dirección de Bienestar de la Armada (DIBA) y la Dirección de Bienestar del personal de la Fuerza Aérea (DIBPFA), el futuro programa médico en el que se encuadren los mismos y la participación de los trabajadores en la administración del instituto.</span></p> <p><span style="font-family: verdana, geneva; font-size: 12pt;">
Tras el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº637/13 emitido por el Poder Ejecutivo Nacional, y por medio del cual se crea el Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA), surgieron muchas preguntas por parte de trabajadores civiles de fuerzas armadas y de las obras sociales que, de aprobarse en el Congreso, pasarían a depender en el futuro de este único organismo.
Es por ello que se llevaron a cabo asambleas de compañeros para debatir los pormenores de la medida y sus consecuencias. A partir de esto se plantearon puntos de discusión sobre la medida que incluían críticas e inquietudes de los trabajadores. Las mismas se expresaron en una reunión gestionada por ATE con el Subsecretario del Ministerio de Defensa, Germán Martínez, para acercarle una serie de inquietudes respecto del alcance del decreto. El resultado fue que el recién asumido funcionario (pocas semanas atrás la Presidente de la Nación reestructuró su gabinete, dejando a Agustín Rossi a cargo de Defensa) no pudo dar demasiadas explicaciones. Por esto es que compañeros de ATE se acercaron el martes pasado al Congreso cuando se trató en una comisión bicameral, presidida por el diputado Jorge Landau, el tema en cuestión. No permitieron el acceso de los representantes gremiales, sin embargo el diputado Landau abrió una puerta de diálogo. Pocos días mas tarde, ATE le presentó al legislador nacional un documento con la firma de Julio Fuentes y Silvia León, Secretaria de Organización, en el que el gremio plasmó las inquietudes y cuestionamientos de los trabajadores afectados.
A continuación, el documento completo:
A
Del Honorable Congreso de
En nombre y representación de
Previo a todo y sin perjuicio de la cuestionable metodología implementada por el PEN que resuelve la creación del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA) a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia, no encontrándose acreditados los extremos que habiliten tal accionar por parte de aquel (cfr. art. 99 inc. 3 CN), y toda vez que el mismo se elabora sin la correspondiente participación de las organizaciones sindicales con ámbito de representación en los tres organismo cuya disolución se dispuso, en particular el proyecto, merece a nuestro entender las sigueintes consideraciones:
En primer lugar, en tanto que el art. 2 de la norma dispone que se crea un ente autárquico bajo la fiscalización y control del Ministerio de Defensa, encuadrado dentro del art. 8 inc. c) de la ley 24.156, debemos resaltar que el Instituto se encuentra incluido dentro del Sector Publico Nacional, y por ende dentro del CCT 214/06.
Con respecto al ámbito de trabajadores que se verán afectados al nuevo organismo, no queda claro si en este universo están incorporados los trabajadores de los hospitales de las fuerzas.
Con relación a la continuidad laboral de los trabajadores que prestan tareas para
Es de destacar que idéntica solución se tiene que asegurar para el caso de los trabajadores que revistan bajo diversas modalidades contractuales, siendo que la totalidad deberá ser transferida al nuevo organismo.
La mención que hace el art. 27 cuando reza “El jefe de Gabinete de Ministros aprobará la nomina de los agentes a transferir de los organismos involucrados al mencionado instituto”¸ entendemos obedecería a lo dispuesto por el art. 16 inc. 9 y 12 de la ley 26.338 (Ley de Ministerios), la cual establece como atribuciones del Jefe de Gabinete “9.- Entender en las definiciones de las políticas de recursos humanos y en el seguimiento y evaluación de su aplicación, que aseguren el desarrollo y funcionamiento de un sistema eficiente de carrera administrativa” agregando a su turno el inc. 12 “Aprobar las estructuras organizativas de la jurisdicción, ministerios y organismos descentralizados que les dependan, correspondientes al primer nivel operativo”, por la cual el Jefe de Gabinete resulta la autoridad de aplicación en la materia por delegación del Presidente de
No obstante lo expuesto, un punto que podría resultar problemático a futuro es lo estipulado dentro de las facultades del Directorio del IOSFA (cfr. art. 20 inc. 15) y la potestad del PEN (cfr. art. 26) de determinar la exclusión de la transferencia y/o venta de los inmuebles que formaban parte del IOSE, DIBA y DIBPFA. Decimos ello por cuanto muchos de esos inmuebles se encuentran destinados a Hotelería, Clubes, etc. donde labora una gran cantidad de trabajadores, que podrían verse afectados – por la especificidad de sus labores- con tales medidas.
Respecto de la estabilidad, si bien el decreto no determina por qué cuerpo normativo se regirán las relaciones laborales de los trabajadores del Instituto (vgr. 25.164) ni se refiere expresamente a la misma, aquellos trabajadores que al presente gozan de estabilidad en el empleo (cfr. Ley 25.164, CCT 214/06 y demás normativa aplicable) conservaran sus condiciones de empleo (cfr. art. 27 Dto. 637/13) hasta el reencasillamiento, siendo imprescindible se garantice su continuidad en la futura normativa a crearse.
Por otro lado, varias cuestiones de suma importancia quedan libradas a la reglamentación por la propia administración del Instituto, tanto en lo que se refiere al programa médico como al aporte de obra social.
En este sentido la norma establece que todos los afiliados gozaran igualitariamente de los beneficios de un Programa Integral de Prestaciones médico asistenciales, señalando que se tomará como “base del referencia” el PMO del Ministerio de Salud, pero no garantiza como piso mínimo éste ultimo, el cuál se encuentra muy por debajo de las actuales prestaciones de las obras social, como por ejemplo la actual cobertura de medicamentos especiales.
Un sistema integral de salud debe garantizar a todos los afiliados un régimen de salud igualitario y solidario superando las diferencias en función del territorio y de las personas.
También respecto del financiamiento se plantean interrogantes, no se observa, que se avance en los derechos consagrados por las leyes 23.660 y 23.661 en tanto el Decreto en su art. 9 deja librado al Directorio la fijación de los aportes personales que se le descontarán a los afiliados, siendo estos afiliados obligatorios de
Al presente los aportes de los afiliados a
Recientemente (09.04.13)
Queda también como tema la incorporación del IOSFA al sistema nacional de salud reglamentado por las leyes 23660 y 23661.
Por último, respecto de la administración del Instituto prevista en el art. 15, si bien el presidente será un representante del Ministerio de Defensa, se contempla una escasa participación de los trabajadores civiles en el directorio de la misma, con una sola vocalía a cargo de un trabajador civil de las Fuerzas del ámbito del Ministerio mentado, que será designado por resolución ministerial y no mediante el voto libre y directo de los trabajadores, que coarta la imprescindible democratización de la futura obra social.
PRENSA ATE – 05/07/2013