22.03.2018

Jornada Previsional y pedido de modificación a la Ley 1210

En su artículo 5 la Ley Provincial 1210 modificó el artículo 43 de la ley 561, donde su aplicación, a partir del 1 de abril de 2018.

El CDP y las Seccionales fueguinas llevaron
adelante una reunión para analizar la situación
previsional y como parte de las resoluciones alcanzadas realizó una
presentación del proyecto de modificación al articulado de la Ley Provincial de
Jubilación Ordinaria 1210.

En la
actividad desarrollada en la ciudad de Tolhuin, la dirigencia de ATE analizó la
situación previsional ante la nueva ley de jubilación ordinaria modificada en
diciembre pasado.
En su artículo 5 la Ley Provincial 1210 modificó el artículo 43 de la ley 561,
donde su aplicación, a partir del 1 de abril de 2018, trae como consecuencia
para los futuros jubilados la reducción de la nueva
determinación del haber, que rondará el 3% por cada año de servicio y aporte faltante,
hasta completar el total de 30 años y 25 años respectivamente.

En casos testigos, el "beneficiario" de
la jubilación ordinaria llegaría a percibir, en forma definitiva, entre el 40%
y el 52 %, en lugar del 82 %, del total de su haber.

Ante esta situación
y por resolución del gremio se hizo una presentación ante la Legislatura
Provincial proponiendo la modificación de dicho articulado.

Asimismo se
solicitó una audiencia, en carácter de urgente, con el Presidente del Poder
Legislativo Provincial, el vicegobernador Juan Carlos Arcando.

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