25.02.2022

Multa al intendente de Santa Anita por práctica desleal

Ante una convocatoria para discutir condiciones de trabajo en la municipalidad, desde la intendencia se pretendía definir quienes tenían que ser los representantes por ATE.

El Juzgado de 1º Instancia del Trabajo Nº 2 hizo lugar a la demanda presentada por la compañera Carolina Aguiar, vocal del Consejo Directivo Provincial de ATE Entre Ríos, por práctica desleal contra el intendente de la ciudad de Santa Anita, Juan José Amavet.

Ante una convocatoria para discutir condiciones de trabajo en la municipalidad, desde la intendencia se pretendía definir quienes tenían que ser los representantes por ATE. El intendente no permitió la entrada de la compañera Aguiar a la reunión, lo que es una intromisión en las definiciones de nuestra organización y el derecho de los trabajadores de definir sus representantes.

El fallo expresa que “I) Haciendo lugar a la querella por práctica desleal promovida por Patricia Carolina Aguiar contra Juan José Amavet, en su carácter de Presidente Municipal de Santa Anita, y en consecuencia imponiéndole una multa de pesos setenta mil, con destino a la autoridad administrativa del trabajo que deberá depositar en una cuenta especial, y condenándolo a abonar a la actora citada la suma de pesos veintiocho mil en concepto de daño moral, sin perjuicio de los intereses hasta su efectivo pago”.

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